
En la práctica, es muy común ver que los socios se pagan como asimilados a salarios sin cuestionarlo demasiado. El problema no es el esquema en sí, sino que muchas veces no hay un contrato que lo respalde, no está claro qué funciones desempeña la persona y, sobre todo, el tipo de pago no corresponde con su rol real.
Aquí es donde conviene hacer una pausa y plantearlo de forma lógica. Si tuvieras que contratar a alguien para dirigir operaciones o llevar la administración de tu empresa, ¿lo contratarías como freelance o como parte del equipo? La mayoría diría que como empleado. Entonces, si un socio cumple exactamente esa función, no tiene mucho sentido tratarlo como si fuera un externo.
El punto clave es entender que el hecho de ser socio no define cómo debe cobrar, lo que lo define es su participación operativa. Un socio puede recibir un sueldo si trabaja dentro de la empresa, puede cobrar por servicios si realiza actividades específicas, puede recibir comisiones o simplemente obtener utilidades. Todas son válidas, siempre y cuando tengan lógica y estén bien documentadas.
Cuando esto no se cuida, empiezan los riesgos. El SAT puede cuestionar los pagos, pueden perderse deducciones y, en escenarios más complejos, incluso se pueden considerar operaciones simuladas. Y aquí está el punto más importante: el problema no es el esquema que se elija, sino que no sea defendible.
Al final, esto no se trata de buscar la forma más barata de pagar impuestos, sino de estructurar correctamente cómo se le paga a cada socio con base en lo que realmente hace dentro de la empresa.
Cuando hay coherencia entre la operación y la forma de pago, todo fluye mejor y se reducen riesgos innecesarios.
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